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Noticia en Inglés: Fifth extension of the suspension in the activities of the Mexican Antitrust Commission and its procedures

Adicional a lo anterior, los procedimientos para los cuales los términos continuaran corriendo con normalidad son: (i) las solicitudes de opinión formal; (ii) las orientaciones generales; (iii) las opiniones previstas en el artículo 12 de la Ley Federal de Competencia Económica (la “Ley”), fracciones XII, XIII, XIV, XV y XVIII; (iv) las consultas públicas; (v) el programa de inmunidad; (vi) el beneficio de dispensa o reducción del importe de las multas; (vii) la etapa posterior a la conclusión de las investigaciones por prácticas monopólicas o concentraciones ilícitas; (viii) los plazos para que el Pleno emita una resolución en cualquier procedimiento, bajo ciertas condiciones; (ix) el trámite y diligencias necesarias para desahogar las pruebas que se hubieran ordenado, siempre y cuando dicho desahogo implique únicamente la presentación de documentos; (x) en procedimientos incidentales o seguidos en forma de juicio, la citación para alegatos, los plazos para presentar alegatos; y (xi) las actuaciones tendientes al desahogo de la audiencia oral prevista en el artículo 83, fracción VI de la Ley.

Todas las promociones presentadas ante la Comisión durante el primero, segundo, tercer, cuarto y quinto periodos de suspensión y que no estén relacionadas con los procedimientos arriba señalados, se tendrán por presentados el 1 de julio.

Para obtener información adicional, contactar a nuestro experto:

Fernando Carreño, Socio: +52 (55) 5258 1042 | This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.